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Ayudas sociales para escuelas infantiles privadas de Pozuelo de Alarcón

jueves 16 de septiembre de 2010, 08:53h

Todavía estás a tiempo de solicitar las ayudas sociales para las escuelas infantiles privadas de Pozuelo.

Hasta el 30 de septiembre se pueden solicitar en la Concejalía de Familia y Asuntos Sociales las ayudas económicas para el pago de Escuelas Infantiles Privadas del Municipio, mediante cita previa con una trabajadora social y entrega de documentación acreditativa fotocopiada.

Esta iniciativa pretende apoyar a las familias del municipio en la conciliación familiar y laboral.

Requisitos

  1. Estar empadronado en Pozuelo.
  2. La escuela infantil debe estar en Pozuelo.
  3. Haber solicitado previamente plaza en escuela infantil pública para el curso 2010/2011.
  4. Haber solicitado previamente la ayuda para escuelas infantiles privadas de la Comunidad de Madrid para el curso 2010/2011 (ambas becas son compatibles).

Documentación

  1. Solicitud del Ayuntamiento firmada por el solicitante.
  2. Justificante de haber solicitado plaza en Escuela Infantil Pública y de la denegación (original y fotocopia).
  3. Justificante de haber solicitado beca a la Comunidad de Madrid para escuelas infantiles privadas, así acreditar la denegación o la cuantía en el caso de haber sido concedida (original y fotocopia).
  4. Declaración firmada por el solicitante de no recibir de otro Organismo Público una ayuda por este concepto o documento que acredite la cuantía concedida por otro organismo en el mismo concepto.
  5. Certificado de la Escuela Infantil donde esté escolarizado con el nombre del niño/a, el primer día de escolarización, curso, coste mensual y horario.
  6. DNI/ NIE/ Pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
  7. Libro de familia (o en su defecto partida de nacimiento).
  8. Volante de empadronamiento familiar.
  9. Justificante de ingresos de todos los mayores de edad (fotocopia de las seis últimas nóminas; declaración jurada del empleador; y declaración de la renta en caso de ser autónomo).
  10. En caso de separación o divorcio, Convenio Regulador y pensiones alimenticias o compensatorias.
  11. Justificante de gastos de vivienda (tres últimos recibos de la hipoteca o del alquiler) y en caso de viviendas compartidas (habitación) declaración jurada del propietario de la vivienda o del titular del contrato de alquiler en el que conste la cantidad abonada en este concepto.

Por último, ante las siguientes situaciones específicas hay que presentar la documentación acreditativa de la misma: familia numerosa, separación o divorcio, minusvalías o situación de dependencia, tener hijos mayores de edad, tener algún menor en acogimiento o un mayor a cargo, y situación de violencia de género.

Cómo se tramita

- Concertar cita previa con la trabajadora social (Tfno.: 91 398 40 00)
- Entrega de documentación acreditativa en: Concejalía de Familia y Asuntos Sociales

Horario: lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Martes y jueves de 16:00 a 19:00 horas.

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