Sociedad

Acaba el plazo de solicitud para las Ayudas Municipales para Escuelas Infantiles

Viernes 29 de enero de 2010

El 30 de enero acaba el plazo de las ayudas para las Escuelas Infantiles privadas del municipio (de 0 a 3 años).



Es requisito imprescindible solicitar cita previa con una Trabajadora Social. Dicha cita se podrá solicitar en el teléfono 913984000, de lunes a viernes de 9 a 14 horas y martes y jueves de 16 a 19 horas.
El período a becar es el comprendido entre los meses de enero a julio de 2010.

Los requisitos para poder acceder a estas ayudas son:

  • Estar empadronado en Pozuelo
  • La escuela infantil debe estar en Pozuelo
  • Haber solicitado previamente plaza en escuela infantil pública para el curso 2009/2010
  • Haber solicitado previamente la ayuda para escuelas infantiles privadas de la Comunidad de Madrid para el curso 2009/2010 (ambas becas son compatibles)

  • Documentación a presentar:

  • Solicitud del Ayuntamiento firmada por el solicitante.
  • Documento acreditativo de haber solicitado plaza en Escuela Infantil Pública para el curso 08/09.
  • Documento acreditativo de haber solicitado AYUDAS PARA ESCUELAS INFANTILES PRIVADAS DE 0A 3 AÑOS de la Comunidad de Madrid para escuelas infantiles privadas para el curso 08/09.
  • Declaración firmada por el solicitante de no recibir de otro Organismo Público una ayuda en este concepto o documento que acredite la cuantía concedida por otro organismo en el mismo concepto.
  • Certificado de la Escuela Infantil donde conste el nombre del niño/a, el primer día de escolarización, curso, coste mensual y horario.
  • Volante De Empadronamiento Familiar.
  • Dni, Nie O Pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Libro de Familia o Partida de Nacimiento. En caso de ser Familia Numerosa (Título oficial).
  • Justificante de ingresos de todos los mayores de edad (Fotocopia de las seis últimas nóminas/ Declaración jurada del empleador/Los autónomos podrán presentar la declaración de la renta.
  • En caso de separación o divorcio, Convenio Regulador y pensiones alimenticias o compensatorias.
  • Justificante de gastos de vivienda: tres últimos recibos de la hipoteca o del alquiler. En caso de viviendas compartidas (habitación), declaración jurada del propietario de la vivienda o del titular del contrato de alquiler en el que conste la cantidad abonada en concepto de alquiler.
  • Calificación de minusvalía o resolución de la situación de dependencia.
  • En caso de tener hijos mayores de edad, tarjeta de demanda de empleo, o acreditación de estudios.
  • En caso de violencia de género, presentar documentación acreditativa.
  • En caso de menor en acogimiento o mayor a cargo, documento acreditativo.

  • Se aportará fotocopia y original de toda la documentación solicitada.