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La Comunidad de Madrid concederá 31.000 “cheques guardería” para niños de 0 a 3 años

viernes 04 de marzo de 2011, 09:15h

Las becas serán de 100 y 160 euros mensuales siendo los criterios fundamentales el trabajo y la renta de los padres.

El Consejo de Gobierno aprobó ayer la inversión de 34 millones de euros para financiar las ayudas que se concederán a las familias para que puedan escolarizar a sus hijos de 0 a 3 años en centros privados autorizados por la Comunidad de Madrid el próximo curso 2011-2012. Estas becas, que beneficiarán fundamentalmente a las familias que concilien la vida familiar y laboral y también a las que tengan renta anual per capita inferior a 14.760 euros, alcanzarán el próximo curso a 31.000 niños madrileños, según informó el vicepresidente, consejero de Cultura y Deporte y portavoz del Gobierno regional, Ignacio González.

Las ayudas se destinarán a las familias cuyos hijos hayan nacido antes del 1 de julio de 2011 y vayan a matricularse en cualquiera de los cursos del primer ciclo de educación infantil el próximo 2010/2012 en centros privados autorizados por la Comunidad de Madrid.

Becas de 100 y 160 euros

En la próxima convocatoria, las cuantías serán de 100 o de 160 euros mensuales en función de la renta de las familias. Estas ayudas beneficiarán fundamentalmente a las familias en las que trabajen ambos cónyuges y a las que tengan rentas anuales per capita inferiores a 14.760 euros

Sobre la situación laboral de los padres y tutores, se adjudicarán 7 puntos cuando ambos padres trabajen a jornada completa; cuando exista un solo progenitor que trabaje a jornada completa o cuando uno de los padres o tutores trabaja a jornada completa y el otro tiene impedimento para atender al alumno. Para las mismas situaciones anteriores, pero trabajando a tiempo parcial, obtendrán 5 puntos. También se puntuará a las familias numerosas y a los padres o hijos con discapacidad y las situaciones socio familiares justificadas por los Servicios Sociales.

Más facilidades para las familias

La nueva convocatoria exime al solicitante de la obligación de aportar el DNI/NIE, el libro de familia, el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad expedido en otra Comunidad Autónoma en la solicitud de ayuda si este ya se hubiera aportado en anteriores convocatorias a partir del curso 2008/09 y hubiera sido válido y no ha variado la situación del solicitante.

Para mejorar y simplificar la tramitación y gestión administrativa de las ayudas, desde el curso 2010/11 existe la posibilidad de presentar telemáticamente las solicitudes a través de Internet. Del mismo modo, y lo autoriza el solicitante, para aquellos que estén dados de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social, se realiza el cruce telemático con la Tesorería General de la Seguridad Social y con el INE la consulta telemática de la información del empadronamiento. También su puede realizar el cruce telemático con la Dirección General de la Policia el DNI/NIE, el Título de Familia Numerosa y la discapacidad con la Consejería de Familia y Asuntos Sociales y la renta del ejercicio 2009 con la AEAT.

La convocatoria, que realizan conjuntamente la Consejería de Educación y la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, consolida el cheque escolar como sistema de pago de las ayudas, para esta etapa de 0 a 3 años. La Comunidad de Madrid fue pionera en este tipo de ayudas directas a la familia, que constituyen además un apoyo significativo al sector de la enseñanza infantil privada. Las familias recibirán una chequera personalizada con 11 cheques, correspondientes a los meses de septiembre a julio, que entregará mensualmente en su escuela infantil.

Las solicitudes se podrán presentar cómodamente a través de Internet; en caso de que no fuera posible, el formulario oficial podrá recogerse en las sedes de las Direcciones de Área Territorial, la Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación o a través de la web www.madrid.org y deberán entregarse debidamente cumplimentadas en el Registro de la Dirección del Área Territorial correspondiente al centro escolar en que el niño esté matriculado o en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación.

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