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El Supremo anula la creación de la vía pecuaria 'Cañada Real de Madrid' por falta de evaluación medioambiental

martes 17 de enero de 2023, 08:16h
Cartel que se presentó en 2019
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Cartel que se presentó en 2019

Advierte de las repercusiones que pudiera tener la creación de la vía pecuaria en el espacio protegido 'cuenca del río Guadarrama'

La creación de la vía pecuaria Cañada Real de Madrid, en los términos municipales de Madrid y de Pozuelo de Alarcón, fue aprobado en 2019 con prioridad para el uso ganadero pero añadiendo la posibilidad de desarrollar otros usos complementarios, así como proteger la flora y fauna de la región

El Tribunal Supremo ha ratificado la anulación del acuerdo de 12 de marzo de 2019, emitido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad, que autorizaba la creación de la vía pecuaria 'Cañada Real de Madrid' en los municipios de Madrid y Pozuelo de Alarcón, debido a que se omitió el procedimiento obligatorio para evaluar el impacto ambiental del proyecto.

La Comunidad de Madrid presentó un recurso contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) emitida el 11 de octubre de 2021, pero fue desestimado según una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press. Esta última declaró la nulidad.

El Consejo de Gobierno aprobó una vía destinada al uso ganadero como prioridad, y también permitió otros usos secundarios, así como la protección de la fauna y flora local.

La sentencia del magistrado Fernando Román establece como doctrina jurisprudencial que "una construcción de una vía pecuaria puede tener un impacto significativo en un espacio protegido si no se puede descartar que provoque efectos".

Según explica, esta situación se presentará cuando no sea posible descartar, basado en los mejores conocimientos científicos sobre el tema, que el proyecto pueda tener un impacto negativo en los objetivos de conservación del lugar. Esto significa que podría empeorar los parámetros que definen el estado de preservación de las especies o hábitats del lugar o incluso afectar la posibilidad de su restauración.

El 'corredor ecológico'.

El Tribunal Supremo concluye que, al aplicar la doctrina al caso en cuestión, no hay duda de que la decisión de anular el acuerdo impugnado por falta del trámite de evaluación medioambiental es correcta, debido a los efectos que podría tener la construcción de una vía pecuaria en la cuenca del río Guadarrama, un espacio protegido.

La sentencia acaba de ser confirmada y destaca que el Acuerdo cuestionado establecía una "zona verde" que conectaba la Casa de Campo con el área protegida del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama. El plan de gestión para este Espacio indica que los proyectos que puedan afectarlo deben someterse a una evaluación adecuada de sus repercusiones medioambientales.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid añadió que el Espacio Natural Protegido "Cuenca del río Guadarrama" se veía afectado por la construcción de un corredor verde, el cual conectaba directamente el ámbito urbano con dicha zona y para el cual se habían planeado usos adicionales relacionados con el desplazamiento no motorizado, así como actividades como pasear, senderismo, cabalgata y cicloturismo para satisfacer "una demanda social" que, según la memoria del proyecto, "está en constante crecimiento". Por esta razón, antes de aprobar el acuerdo correspondiente era necesario realizar un trámite de evaluación ambiental.

Se declaró la invalidez del acuerdo debido a la "clara omisión" de realizar el proceso de evaluación ambiental.

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