El Tribunal Superior de Justicia de Madrid emitió este martes una sentencia que ha causado un gran revuelo al anular la Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones y de especial protección en la capital.
Los ciudadanos se encuentran llenos de dudas tras la sentencia y surgen interrogantes sobre las multas: ¿Se podrán recurrir las ya impuestas con carácter retroactivo? ¿Podré circular por Madrid sin temor a ser multado si utilizo un coche sin distintivo medioambiental?
La decisión aún no es definitiva, lo que significa que el Ayuntamiento podría interponer un recurso. Por lo tanto, la zona de bajas emisiones no se elimina ni se suspende de forma inmediata, tal como señala Laura Solvez de Informativos Telecinco. Según el TSJM, los informes sobre el impacto ambiental y económico no han sido presentados por Almeida, en respuesta al recurso presentado por VOX.
¿Cuáles son las áreas afectadas por esta anulación?
La sentencia anula específicamente las secciones de la Ordenanza que delimitan el ámbito de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en el conjunto del municipio de Madrid. También quedan sin efecto aquellas disposiciones que crean las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE), denominadas "Distrito Centro" y "Plaza Elíptica".
No se tuvo en cuenta a los sectores más vulnerables.
La sentencia determina que la aprobación de la Ordenanza no se alineó con los criterios establecidos por el TJUE y el Tribunal Supremo, los cuales exigen respetar el principio de proporcionalidad en cuestiones ambientales. Esto implica "ponderar en cada caso si las medidas restrictivas son necesarias y proporcionales".
Además, se destaca que no se consideraron consecuencias significativas en el ámbito de la economía para un sector importante de la población, específicamente aquellos con menor capacidad económica, quienes son los más vulnerables ante las medidas restrictivas. También se menciona la falta de atención a cómo estas decisiones afectan a las empresas, especialmente a las más pequeñas que operan en el mercado.