La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado en varias ocasiones que no sanciona la decoración en sí, sino aquello que puede provocar: pérdida de visibilidad, elementos no homologados, dificultad para identificar el vehículo o riesgo para la circulación. Las multas aparecen cuando los adornos reducen el campo de visión, tapan total o parcialmente la matrícula, incorporan luces no autorizadas o pueden desprenderse. Según la Ley de Tráfico, las infracciones graves suelen sancionarse con 200 euros, y las muy graves con 500 euros.
No es «por llevar renos»: es por las consecuencias
Tanto en ciudad como en carretera, lo que revisa un agente no es el motivo navideño, sino si se han alterado condiciones esenciales del vehículo. La base legal existe cuando el coche incumple requisitos técnicos obligatorios (infracción grave) o cuando ese incumplimiento genera un riesgo manifiesto para la seguridad vial (muy grave).
Visibilidad y libertad de movimientos: primera condición
El Reglamento General de Circulación exige que el conductor mantenga libertad de movimientos y un campo de visión adecuado. Si los cuernos en la ventanilla o la nariz en el frontal:
- limitan la visión lateral,
- molestan al abrir o cerrar la ventanilla,
- interfieren con el retrovisor, o
- te obligan a vigilar si “se van a soltar”,
ya se considera una alteración que puede ser sancionable.
Matrícula tapada: la infracción más evidente
La Ley de Tráfico tipifica como infracción grave circular con la matrícula tapada, sucia o parcialmente oculta. Si la nariz roja invade la zona de lectura o cualquier adorno crea sombras o dificulta la identificación, la multa es casi inmediata.
Ojo con luces, LED y elementos reflectantes
Muchos kits navideños incluyen luces LED o piezas reflectantes. El Reglamento General de Vehículos prohíbe añadir luces no autorizadas y cualquier elemento luminoso o reflectante ajeno a los homologados. Guirnaldas, tiras LED o narices iluminadas pueden generar sanciones con más facilidad que adornos de tela.
Adornos que pueden soltarse: también cuentan
Aunque sean ligeros, si un accesorio puede desprenderse y caer a la calzada, se considera un riesgo para la circulación. La Ley de Tráfico recoge como infracción grave llevar “carga mal acondicionada” y, si llega a caer y genera peligro, se considera muy grave. Si no está firmemente sujeto, mejor no llevarlo.
Comprobación rápida antes de salir
En un minuto puedes evitarte problemas:
- Matrícula visible: mira el coche desde varios metros. La matrícula debe verse completa y sin sombras o reflejos.
- Ventanillas: siéntate al volante, ajusta espejos y gira la cabeza como en un cruce. Si notas un ángulo muerto nuevo por el adorno, retíralo.
- Luces y sensores: revisa que nada tape faros, intermitentes, luces de posición o sensores.
- Sin luces añadidas: por la noche, solo pueden estar encendidas las luces homologadas del vehículo.
La regla general: no debe comprometer tu visión, ni la identificación del coche, ni poder desprenderse.
¿Hay multas reales por coches “reno” en Madrid?
No suelen publicarse expedientes específicos “por disfrazar el coche”, pero la DGT ha reiterado que la sanción no se debe al adorno en sí, sino al riesgo que genere. En época navideña, los controles suelen centrarse más en velocidad y alcoholemia, aunque un adorno mal colocado puede derivar igualmente en denuncia.
Si vas a “decorar” el coche estas Navidades…
La recomendación prudente es sencilla: evita cualquier accesorio exterior que pueda moverse, soltarse o interferir con la matrícula o el alumbrado. Si quieres un toque navideño, lo más seguro es algo discreto, interior y que no afecte a tu campo de visión.