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Las familias numerosas pueden solicitar las bonificaciones en el IBI

lunes 20 de diciembre de 2010, 10:40h

Si como familia numerosa aún no disfrutas de esta bonificación, solicítala antes del día 31 de diciembre

Las familias numerosas del municipio pueden acogerse a la bonificación del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Esta bonificación oscila entre el 3 y el 90 % de la cuota de la vivienda habitual, en función del valor catastral y de la categoría de la familia numerosa.


Para poder beneficiarse de esta bonificación en 2011, aquellos que no la tengan concedida ya deben solicitarla antes del 31 de diciembre de este año. Es necesario acreditar en ese momento la condición de familia numerosa con certificado o copia del título vigente expedido por la Comunidad de Madrid.

La bonificación concedida se prorrogará con carácter anual y de forma automática, sin necesidad de solicitarla para cada ejercicio, siempre que se mantengan las condiciones que motivaron su concesión.
Siempre que se produzca cualquier variación en la condición de familia numerosa, deberá volver a solicitar la bonificación.


Asimismo, deberá solicitarla nuevamente cada vez que renueve (por caducidad) el título de familia numerosa.
De la misma manera, aquellas personas que tengan tributos pendientes de pago en ejecutiva, perderán el derecho a la bonificación y tendrán que volver a solicitarla, una vez que hayan regularizado sus deudas.

 

¿Cómo y dónde solicitarla?

Si eres miembro de una familia numerosa y aún no percibes la bonificación correspondiente por tu vivienda habitual, presenta tu solicitud antes del día 31 de diciembre.


Preséntala en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano, bien sea la de la Plaza Mayor, la de la zona de la Estación o bien en la Calle Volturno.


Más información en:
[email protected]
• Fax: 91 715 07 49
• Teléfono: 91 452 27 04/05
• En el 010
• Presencialmente en las Oficinas del Servicio de Información Tributaria del Ayuntamiento.

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