Las modificaciones van dirigidas a actualizar los requisitos para garantizar la calidad del producto turístico y a salvaguardar la protección de los derechos de los usuarios. Entre las medidas más destacadas, se establece que sean los titulares de la prestación de servicios de alojamiento turístico, en lugar de los propietarios de la vivienda, los obligados a presentar la declaración responsable para el inicio de la actividad.
Además, se actualizará el Decreto actual en cuanto a los requisitos de las viviendas de uso turístico y los apartamentos turísticos para garantizar una determinada calidad del producto turístico, en defensa y protección de los derechos de las personas usuarias.
También el nuevo texto aclara que corresponde a los ayuntamientos introducir, cuando proceda, las exigencias sobre el uso compatible o complementario de este tipo de viviendas. Paralelamente, se especifica la prohibición de este uso turístico en las de protección pública o en los inmuebles que así se indique en sus estatutos aprobados por la comunidad de propietarios.
Esta modificación normativa forma parte del actual Plan de refuerzo y control de estas viviendas en la región, que contempla un aumento de los efectivos que supervisan el funcionamiento de esta actividad. A los 16 existentes se suman 17 donde están los cuatro que se asignarán a la aplicación del nuevo reglamento de la UE sobre el alquiler de corta duración.
Asimismo, se incluye la revisión de las cuantías de las sanciones procediendo a su endurecimiento para los propietarios reincidentes y el sistema de refuerzo en la colaboración e intercambio de información con los municipios de la región.
Estas nuevas acciones ahondan en el modelo de gestión turística consolidado de la Comunidad de Madrid, basado en regular la actividad para competir en igualdad de condiciones.