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John Lawyer lanza la campaña "Declaración de la Renta gratis"

viernes 14 de mayo de 2010, 18:11h

John Lawyer lanza la campaña "Renta Gratis" a través de la que ofrece el servicio de Declaración de la renta sin coste al contratar alguno de los servicios que ofrece la Red.

El 25% de los borradores de la renta contienen algún tipo de fallo pero ¿cómo detectarlos? Por lo general, los fallos en el borrador de la renta se encuentran en campos a desgravar que no han sido recogidos en el borrador. Cuando ha habido algún cambio importante como aumento de la familia, fallecimiento de un miembro del matrimonio, adquisición de vivienda, apertura de cuenta de ahorro vivienda,… hay que observar y verificar que todos estos cambios aparecen registrados en el borrador, ya que en años anteriores o eran datos distintos, o no existían.

Qué puntos son interesantes repasar para evitar los errores

  1. Nos hemos dado de alta en un sindicato o en un colegio profesional: comprobar que aparece en el borrador, porque son aspectos que desgravan.
  2. Si eres madre y tienes hijos de menos de 3 años: comprobar que la deducción por maternidad ya está computada en el borrador. Su cuantía asciende hasta a 1.200 euros anuales por cada uno de ellos. Suele haber desajustes en el importe global de la deducción, sobre todo si se cobra del INEM, porque en los borradores no se discierne el tiempo de desempleo, aunque se tenga derecho a deducción.
  3. Si has abierto una cuenta de ahorro vivienda, comprueba que la aportación realizada aparece en el borrador, puesto que es un factor que desgrava y que puede hacer variar mucho la cuantía a devolver/pagar en tu declaración.
  4. Fallecimiento de cónyuge. Los herederos pueden solicitar el borrador y recogerlo presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  5. Donaciones: si has hecho alguna donación a una Organización sin ánimo de lucro probablemente no aparezca en el borrador. Es un dato a incluir puesto que también desgrava. Solicita el certificado de donaciones para justificar que efectivamente ha sido hecha.
  6. Referencia catastral errónea. Comprobar que están correctamente y que los porcentajes de vivienda que nos corresponden en el caso de ser inmuebles de propiedad compartida están correctos. Los garajes vinculados a vivienda habitual adquiridos simultáneamente no tributan.
  7. Reducción del mínimo por descendientes: se otorga por cada hijo menor de 25 años o con discapacidad. Esta reducción es de 1.836 euros anuales por el primer hijo; 2.040 euros anuales por el segundo; 3.672 euros anuales por el tercero y 4.182 euros anuales por el cuarto y siguientes. Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se aumenta en 2.244 euros anuales.
  8. Ojo con las  viviendas adquiridas antes del 20 de enero de 2006. Se tiene derecho a una Compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual por la diferencia de normativa vigente hasta esa fecha (los primeros 4.500 euros de cuotas hipotecarias pagadas a los tipos incrementados del 20%, o 25% en los dos años siguientes a la compra, y el resto de cuotas hipotecarias pagadas al 15%) frente a la nueva deducción anunciada esa fecha (únicamente el 15%).
  9. El pago de la hipoteca de excónyuge también es deducible, aunque la pareja esté separada.
  10. Si has adquirido un coche y te has beneficiado del Plan 2000E, también debe constar, puesto que en el caso contrario, luego te pueden reclamar la parte correspondiente con el consiguiente recargo por retraso del pago.
  11. Las indemnizaciones por despidos colectivos y Eres realizados a partir del 9 de marzo de 2009 están exentas de tributar. Revisa que no aparezca como otro concepto, puesto que sería incorrecto.
  12. Beneficios fiscales por minusvalías que hayan sido reconocidas en 2009. También deben constar en el borrador.

Si quieres saber más a cerca del grupo John Lawyer o John-Line y los servicios que ofrecen, rellena con tus datos este formulario y el equipo de John-Line te informará sin compromiso.

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