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Empadronarse en Pozuelo de Alarcón

miércoles 27 de enero de 2010, 12:22h

Los criterios de empadronamiento se ajustan a la ley y son tan sencillos como rellenar una hoja de inscripción en el Ayuntamiento donde se refieren los datos personales, el DNI y el domicilio de residencia en el municipio.

Lejos de las polémicas actuales sobre el empadronamiento (más bien el no empadronamiento de inmigrantes) en otras localidades españolas, las normas que rigen el procedimiento de inscripción en el padrón municipal de Pozuelo de Alarcón se ajustan a la ley vigente.

Pozuelero de nacimiento o de acogida, aquel que resida en el municipio debe empadronarse. Porque cada vecina o vecino de Pozuelo de Alarcón debe empadronarse, o lo que es lo mismo, debe acreditar la residencia y el domicilio como lo establece la Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el Padrón municipal, y el Real Decreto 2612/996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

En España es obligatorio empadronarse allí donde se resida habitualmente. En caso de tener más de una residencia, la persona ha de empadronarse donde esté durante más tiempo al año.

  1. El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.
  2. Los Ayuntamientos están obligados a mantener actualizados sus Padrones, de modo que sus datos concuerden con la realidad.
  3. La cumplimentación de las hojas padronales es una obligación de los vecinos, por lo que los Ayuntamientos están legalmente facultados para sancionar las omisiones o falsedades contrarias a ese deber ciudadano.
  4. El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta. Los datos que usted refleje en esta hoja permitirán la actualización del Padrón de su municipio.
  5. La inscripción en el Padrón confiere el derecho a disfrutar de los derechos municipales y de los que deban prestar otras Administraciones Públicas. Asimismo, sirve para que el Ayuntamiento tramite de oficio la actualización o inscripción en el Censo Electoral en consonancia con los datos reflejados en ella.

Las altas se pueden producir por nacimiento, cambio de residencia y omisión, es decir, las personas que habitualmente residen en la localidad y no figuran o desconocen si están inscritas en algún padrón.
Las personas que están empadronadas en Pozuelo de Alarcón y trasladan su residencia a otro domicilio dentro del propio municipio, deben registrar el cambio de domicilio.

En Pozuelo de Alarcón se puede hacer este trámite acudiendo a una Oficina de Atención al Ciudadano (OAC). Allí se rellenará un impreso u hoja de inscripción en el que se aportarán datos sobre todos los residentes del mismo domicilio: nombre y dos apellidos; fecha, provincia y municipio o país de nacimiento; sexo, nacionalidad y el número del DNI  con letra, o el equivalente según el país de procedencia. Por supuesto, se indicará la dirección del domicilio y un teléfono de contacto.  La hoja de empadronamiento también se puede descargar vía internet, en formato pdf, desde la web del Ayuntamiento.

¿Qué supone la entrega de estos datos?
La obligación de firmar la hoja al entregarla rellena implica declarar que los datos aportados son correctos. Así mismo, en el caso de que no figuremos en el Padrón de Habitantes indicado, el o los firmantes dan su autorización para que el Ayuntamiento lo o los anule de una Padrón Municipal de Habitantes y/o un Censo Electoral de cualquier otra inscripción.

¿Qué sucede si quien se inscribe es extranjero no comunitario, sin autorización de residencia permanente?

Que el firmante (que en todo caso está obligado a empadronarse) se muestra conforme a renovar sus datos cada dos años pues, de lo contrario, su empadronamiento se dará por caducado. El impreso es necesario tanto en los nuevos registros, como en la modificación de los existentes.
El artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal, protege al ciudadano al entregar sus datos al Padrón Municipal y vela porque se le respeten los siguientes derechos:

  1. Que los datos aportados sólo serán utilizados para la finalidad expresa que se señala en el impreso.
  2. Que los datos son de carácter obligatorio para la efectividad de la solicitud. Si no se facilitaran, no se podrá tramitar la misma.
  3. Que siempre puede ejercitar el derecho de acceder a los datos obrantes en los archivos municipales.
  4. Que tiene el derecho de proceder a la rectificación de los mismos y a la cancelación de estos datos si no fueran de carácter obligatorio.
  5. Que, para el ejercicio de cualesquiera de estos derechos, se podrá dirigir al responsable de la oficina municipal correspondiente.


Como hemos visto, el trámite de empadronamiento es sencillo. Cumplimentada la llamada hoja padronal, firmada por todos los mayores de edad residentes en el mismo domicilio, se entrega en una Oficina de Atención al Ciudadano, junto al documento que acredite la identidad de quienes figuran en ellas (DNI, Tarjeta de extranjero, Pasaporte o Carnet de Conducir y Libro de Familia para los menores de 15 años).
Por último, es necesario acreditar con un documento la ocupación de la vivienda (escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, contrato o recibo actual expedido por la compañía suministradora de teléfono fijo, electricidad o gas natural). ?Si se incorporan nuevos habitantes a una vivienda en la que ya figura alguna persona empadronada, deberá firmar la autorización de nuevas inscripciones alguna persona titular del domicilio ya empadronada en el mismo, mostrando DNI o fotocopia del DNI firmante y aportar documento que acredite la titularidad.

Modificación de datos personales

Cualquier modificación en los datos personales con posterioridad a la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes, debe ser notificado, así como las que se deriven de errores materiales cometidos por los interesados al indicar sus datos o por una incorrecta actualización de los mismos.
Los datos que se pueden modificar son:

  1. Errores u omisiones en los datos del domicilio (tipo y nombre de la vía, escalera, piso, puerta y número)
  2. Teléfono
  3. Nombre y apellidos
  4. Sexo
  5. Fecha y lugar de nacimiento
  6. Nacionalidad
  7. Documento identificativo (DNI, pasaporte, tarjeta de extranjero)
  8. Título escolar

La documentación necesaria para este trámite es la misma.

-Impreso oficial debidamente cumplimentado.
-Documento que acredite la identidad de la persona que solicita el trámite. Para las personas de 15 años o más, fotocopia del DNI. En caso de ser menores de 15 años, es necesario presentar el libro de familia. Para los extranjeros se requiere una fotocopia de la tarjeta de extranjero o el pasaporte.

Demostrar que estamos empadronados en Pozuelo de Alarcón

Ahora bien, ¿cómo obtenemos el volante o certificado de empadronamiento?

Es un documento necesario para realizar ciertos trámites y existen dos formas de conseguirlo:

  1. presencial en una Oficina de Atención al Ciudadano (OAC)
  2. enviando la solicitud por Internet a través de la página web del Ayuntamiento. Una vez enviado el formulario debidamente cumplimentado, recibirá el volante por correo ordinario en un plazo de aproximadamente 10 días.

 

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